El 25 de Enero de 2015 se realizará la segunda evaluación para los docentes que participarán en el concurso excepcional para reubicarse desde la tercera a la sexta escala de la Ley de Reforma Magisterial (LRM), con lo cual no solo avanzarán en la carrera pública, sino que percibirán mayores remuneraciones.
Según la Resolución Ministerial Nº 298-2014-MINEDU publicada en el Diario Oficial El Peruano, se ratifica que la primera evaluación ocurrirá el 28 de setiembre de este año, de acuerdo al cronograma aprobado para este concurso excepcional en el que participarán, a escala nacional, alrededor de 180,000 docentes nombrados y procedentes de la Ley del Profesorado.
Estos maestros habían sido situados de forma automática en la primera y segunda escala de la LRM cuando entró en vigencia dicha norma.
PARTICIPACIÓN VOLUNTARIA
La participación en estos concursos excepcionales es voluntaria y no están incluidos los profesores pertenecientes a la derogada Ley de Carrera Pública Magisterial.
Aquellos docentes que no alcancen una reubicación en el concurso de setiembre podrán intervenir en la siguiente evaluación, a realizarse en enero 2015.
AUMENTO DE SUELDO
Al mes siguiente de la publicación de la nómina de docentes reubicados, estos figurarán en la planilla magisterial con su nuevo escalafón y empezarán a percibir un sueldo mayor.
PRUEBA
El examen nacional que rendirán los aspirantes estará estructurado en tres subpruebas:
1. Conocimiento del estudiante
2. Conocimiento de la disciplina o área curricular y
3. conocimiento de pedagogía necesaria para enseñarla.
NO HAY PUNTAJE MÍNIMO
En estas evaluaciones no habrá puntaje mínimo, pero se aplicará un novedoso sistema de calificación basado en la "meritocracia".
¿QUIENES PARTICIPAN?
El concurso está dirigido a maestros nombrados de Educación Básica Regular (inicial, primaria y secundaria); Educación Básica Alternativa, Educación Básica Especial y Educación Técnica Productiva, provenientes de la Ley del Profesorado y que se encuentren actualmente en la primera, segunda o tercera escala de la LRM.
Siete años de servicio como mínimo
Los postulantes han de tener siete o más años de servicio para aspirar a la tercera escala; 11 o más años para la tercera y cuarta escala; por lo menos 15 años para el tercer, cuarto y quinto nivel, y 20 o más años para reubicarse del tercer al sexto nivel de la LRM.
Asimismo, los concursantes no deben registrar sanciones por faltas establecidas en la LRM y no tener condena por delito doloso que los haya inhabilitado para postular. La competencia es en el ámbito nacional para la escala sexta y quinta, y regional para la escala cuarta y tercera.
Actividades | Inicio | Fin | |
1 | Reconformación de los Comités de Vigilancia (**) | 14/07/2014 | 11/08/2014 |
2 | Publicación de Agencias de Banco de la Nación para confirmación de datos de inscripción | 14/07/2014 | 14/07/2014 |
3 | Inscripción de Postulantes (***) | 14/07/2014 | 11/08/2014 |
Primer concurso excepcional de reubicación | |||
4 | Publicación de centros de evaluación para rendir Prueba Nacional | 15/09/2014 | 15/09/2014 |
5 | Aplicación de la Prueba Nacional | 28/09/2014 | 28/09/2014 |
6 | Publicación de los resultados de la Prueba Nacional y de las reubicaciones de escala | 10/10/2014 | 10/10/2014 |
7 | Presentación de reclamos | 13/10/2014 | 15/10/2014 |
8 | Resolución de reclamos | 14/10/2014 | 05/11/2014 |
9 | Publicación de lista de resultados definitivos de reubicaciones de escala de profesores (****) | 10/11/2014 | 10/11/2014 |
10 | Renuncia a escala obtenida | 11/11/2014 | 17/11/2014 |
11 | Emisión de resoluciones de escala obtenida | 18/11/2014 | 09/12/2014 |
12 | Verificación de requisitos | 19/11/2014 | 22/01/2015 |
Segundo concurso excepcional de reubicación | |||
13 | Publicación de centros de evaluación para rendir Prueba Nacional | 12/01/2015 | 12/01/2015 |
14 | Aplicación de la Prueba Nacional | 25/01/2015 | 25/01/2015 |
15 | Publicación de los resultados de la Prueba Nacional y de las reubicaciones de escala | 09/02/2015 | 09/02/2015 |
16 | Presentación de reclamos | 10/02/2015 | 12/02/2015 |
17 | Resolución de reclamos | 11/02/2015 | 05/03/2015 |
18 | Publicación de lista de resultados definitivos de reubicaciones de escala de profesores | 10/03/2015 | 10/03/2015 |
19 | Emisión de resoluciones | 11/03/2015 | 31/03/2015 |
20 | Verificación de requisitos | 12/03/2015 | 15/05/2015 |
* Las Direcciones Regionales de Educación podrán reconformar los comités de vigilancia sólo por necesidad debidamente justificada, bajo responsabilidad.
** En caso alguno de los días hábiles considerados en el presente cronograma para el cómputo de los plazos previstos en la Norma Técnica denominada "Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial" sea declarado feriado no laborable, la(s) fecha(s) de la(s) actividad(es) afectada(s) por tal hecho se prorrogará hasta el (los) día(s) hábil(es) siguiente(s), según corresponda, cumpliendo siempre con el plazo establecido en la citada norma técnica.
*** La inscripción de los postulantes les da derecho a participar automáticamente en el primer y segundo concurso excepcional de reubicación.
**** Los postulantes que alcancen una meta en la lista de resultados definitivos de reubicaciones de profesores del primer concurso, no podrán rendir la Prueba Nacional del segundo concurso, salvo que renuncien a la escala obtenida en el primer concurso, conforme a lo indicado en el numeral 6.6.2 de la Norma Técnica denominada "Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial".
** En caso alguno de los días hábiles considerados en el presente cronograma para el cómputo de los plazos previstos en la Norma Técnica denominada "Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial" sea declarado feriado no laborable, la(s) fecha(s) de la(s) actividad(es) afectada(s) por tal hecho se prorrogará hasta el (los) día(s) hábil(es) siguiente(s), según corresponda, cumpliendo siempre con el plazo establecido en la citada norma técnica.
*** La inscripción de los postulantes les da derecho a participar automáticamente en el primer y segundo concurso excepcional de reubicación.
**** Los postulantes que alcancen una meta en la lista de resultados definitivos de reubicaciones de profesores del primer concurso, no podrán rendir la Prueba Nacional del segundo concurso, salvo que renuncien a la escala obtenida en el primer concurso, conforme a lo indicado en el numeral 6.6.2 de la Norma Técnica denominada "Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial".
• R. M. Nº 298-2014-MINEDU - Aprueban cronograma y metas de concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial e incorporan Anexo 2 a Norma Técnica aprobada por Res. Nº 813-2014-MINEDU
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