EDUCACIONENRED.PE

DOCENTES LE GANAN BATALLA AL MINEDU: Poder Judicial repone a siete maestros cesados sin CTS ni pensión

¤ 13/7/2013 ¤ larepublica.pe ¤ 23 comentarios
Educación
DOCENTES LE GANAN BATALLA AL MINEDU: Poder Judicial repone a siete maestros cesados sin CTS ni pensión


SIENTA JURISPRUDENCIA: Siete docentes de Tacna cesados al cumplir 65 años de edad le ganaron la batalla al Ministerio de Educación - MINEDU. Mediante una medida cautelar, el Poder Judicial ordenó su reposición mientras no se garantice el dinero para el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Según la nueva Ley de Reforma Magisterial, docentes con esa edad deben dejar de enseñar. En el sur del país más de 1.300 profesores están en esa situación y eventualmente podrían recurrir a la misma acción legal.

El Juzgado Especializado en Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Tacna ordenó que los docentes sean reincorporados por un plazo de 6 meses.

Uno de los argumentos de los demandantes fue que ellos están amparados por la Ley del Profesorado que en su reglamentación contempla que pueden laborar hasta los 70 años. Otros 53 docentes en Tacna han iniciado el mismo proceso contencioso.

• Juzgado repone a maestros cesados sin CTS ni pensión [LAREPUBLICA.PE]

Juzgado de Trabajo ordenó reincorporación de siete profesores de Tacna por seis meses hasta que se garantice pago de beneficios. Medida podría sentar jurisprudencia en las demás regiones del sur, donde también se retiró a profesionales sin garantizar el pago de estos beneficios.

Siete docentes de Tacna cesados que cumplieron 65 años de edad, le ganaron la batalla al Ministerio de Educación. Mediante una medida cautelar, el Poder Judicial ordenó su reposición mientras no se garantice el dinero para el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Según la nueva Ley de Carrera Magisterial, maestros con esa edad deben dejar de enseñar; en el sur del país más de 1,300 docentes estaban en esa situación y eventualmente podrían recurrir a la misma acción legal.

Ayer el Sindicato Unitario de Trabajadores de Educación (Sute), representado por Mery Coyla, informó de la resolución judicial favorable a los siete de los más de 60 docentes que iniciaron el proceso contencioso administrativo.

El Juzgado Especializado en Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Tacna ordenó que los docentes sean reincorporados por un plazo de seis meses.

Uno de los argumentos de los demandantes fue que ellos estaban bajo la Ley del Profesorado, la misma que en su reglamentación contempla que pueden laborar hasta los 70 años.

El cese se efectuó con la ley de reforma magisterial promulgada el 24 de noviembre del 2012, la misma que no puede tener carácter retroactiva.

Denuncian abuso de autoridad, pues el retiro se produjo sin darles oportunidad de contar con su pensión ni Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Según lo indicado por la dirigente Mery Coyla, los docentes comprendidos en el régimen pensionario de la Ley 19990 tardarán hasta 8 meses para recibir sus pensiones.

Los agremiados al sindicato magisterial además señalaron que en la Dirección Regional de Educación de Tacna se habría incurrido en una presunta malversación de fondos al coger dinero no autorizado para el pago de las Compensaciones de Tiempos de Servicios que se hizo a algunos maestros. "En otras regiones no se procedió al cese, precisamente porque no hay el presupuesto para pagar las CTS, el Ministerio de Economía y Finanzas no otorgó ese presupuesto, entonces cómo se explica que en Tacna sí hubo esos pagos", cuestionan.

Tacna fue la primera región en implementar los ceses a los docentes con más de 65 años de edad, por lo que para los dirigentes del Sute se habría tratado de un afán de las autoridades educativas por perjudicar a su gremio.

El Sute espera que en los próximos días el Poder Judicial emita más medidas cautelares a favor de los maestros, lo que para ellos sería un precedente que podría cambiar el rumbo de este proceso a nivel nacional.

NO TIENEN LA RAZÓN

El asesor legal de la Dirección Regional de Tacna, Edgard Parihuana, sostuvo que aún no fueron notificados.

Sin embargo, aclaró que la medida no les otorga la razón al 100%, sino que lo único que establece es que permanezcan en el cargo hasta que se asegure su pensión.

A decir de Parihuana, aunque el tiempo dado por el Poder Judicial es de seis meses, la pensión puede ser aprobada en menor tiempo, lo que significaría que los maestros podrían dejar antes sus puestos.

"El sentido de la medida cautelar es que los maestros no queden desprotegidos y puedan dejar sus cargos con una pensión", dijo.

Parihuana señaló que una vez recibida la notificación, los docentes serán repuestos de manera inmediata en sus plazas de origen.

"Las disposiciones judiciales tienen que acatarse, así que cumpliremos con lo dispuesto y posteriormente se tomarán las acciones que correspondan", sostuvo el funcionario.

ENFOQUE

Javier Ramírez
Decano del C.P. de Tacna


Medida cautelar sentará jurisprudencia

La medida cautelar es una decisión saludable del Poder Judicial y que marcará jurisprudencia a nivel nacional. Son muchas las regiones del país donde se iniciaron los procesos contenciosos, sin embargo Tacna es la primera en la que se obtiene resultados.

Esto no solo servirá a los maestros, sino que también ayudará a los encargados de hacer cumplir las leyes a no cometer este tipo de atropellos. Todos los maestros que han sido cesados estaban incluidos en la Ley del Profesorado, que estipulaba que los maestros podían trabajar hasta los 70 años, sin embargo se les aplicó la reglamentación de la nueva ley de la reforma magisterial, lo que es totalmente inconstitucional.

Esta es solo la primera parte de una lucha que se inició a nivel nacional por la reivindicación de los derechos de los profesores. El cese es un proceso natural, sin embargo creemos que se tiene que asegurar primero sus beneficios sociales.
EDUCACIONENRED.PE

NOTA RELACIONADA:

23 Comentarios

IMPORTANTE: Los comentarios aquí publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar.



  1. LImber man

    profesores arcaicos que se niegan a cambio gracias a estos profesores que solo defienden sus intereses personales la educaciòn del Perù esta como esta....

  1. Oscar Monsefu Suarez

    Revisar Colegas y exigir que respeten nuestros derechos de conformidad a los dispuesto Art 1º a los incisos 2 y 22 del Art. 2º, el Art. 22º, 23º y 26º en el aspecto laboral sobre los derechos reconocidos son irrenunciables se deben aplicar igualdad de oportunidades; de la misma manera han vulnerado al Art. 103º de la Constitución Política del Perú, no podemos aceptar que la LRM sea retrocativa porque esta ley es anticonstitucional a vulnerado nuestos derechos que tiene costo de vidas de maestr

  1. Oscar Monsefu Suarez

    Señores del MINEDU y los organos decentralizados del sector los maestros no somos sus muchachos somos profesionales que merecemos respeto y cumplimos nuestro deber para lo cual fuimos formados pero observamos que hay muchos profesionales que no fueron formados para ser profesores pero sin embargo estan en las oficinas de las UGELES Y NO Saben NI UN PITO LO QUE ES ADM. EN EDUCACION por eso se viola los derechos de los maestros, nunca se ha visto que la leyes son retroactivas solo en Peru se da..

  1. RAUL NAVEZ JAIME, TRUJILL

    El Ministerio de Educación comete actos que van contra los derechos de los docentes, sin tener en cuenta lo establecido en la constitución política del Estado y la Ley del profesorado, es un abuso lo que están haciendo con los docentes que han cumplido los 65 años, felicito al poder judicial por poner freno a todo esto.

  1. adriano


    Publiquen la medida cautelar Y/o l resolución que le han dado a los maestros sobre su reposición.

  1. Pacífica guerra

    Excelente precedente judicial que marcará jurisprudencia. Si bien la Ley de Reforma Magisterial precisa el tiempo límite de edad en la función docente, no puede ser retroactiva en lo que beneficia al trabajador. Sin embargo, si el Estado invita al cese, ellos tienen derecho legítimo de cobrar todos sus beneficios sin recorte alguno. Pocos son los maestros que llegan al cumplimiento exacto de la Ley.

  1. maría

    Parece que en el MED hay gente que planifica las disposiciones sin criterio alguno, son muy superficiales, debieron primero tener el presupuesto para los ceses, hay mucha discriminación por la edad, partiendo desde la ministra, eso se llama ignorancia, generalmente esa gente de 65 tiene mucha sabiduría que debería aprovecharse conveniente, justamente las evaluaciones transparentes determinan la capacidad del docente, esperemos que se rectifiquen. el 28 de julio deberían irse algunos ministros.

  1. JOSE GARCIA ISLA

    muchos maestros a la edad de 65 años tienenuna importante experiencia que se debe aprovechar se debe evaluar a ellos y los que demustren capacidad deben ser selecionados para las mas importantes proyectos educativos,con este sistema pues nuestra ministra de educacion y muchos padres de la patria ya deberian retirarse asi como magistrados y medicos .creo que es un gran error .que lo empezo el p{esimo presidente Alan Garcia Perez.

  1. SEGUNDO INDALECIO SANTIAG

    TODAS LAS ACCIONES LEGALES QUE LOS DOCENTES PRESENTAN SON FUNDADAS, PERO EL ESTADO NO QUIERE RECONOCERLOS, ACTUANDO DE MALA FE. CON LA FINALIDAD DE DILATAR EL TIEMPO. ESTO TAMBIEN ESTA PASANDO CON EL PAGO DEL 30% DE PREPARACIÓN DE CLASES. SON DERECHOS QUE NOS CORRESPONDE PERO EL ESTADO NO QUIERE PAGAR Y NOSOTROS NOS EXIGEN CIMPLIMIENTO. BASTA YA DE ABUSOS

  1. Maria

    Los profesores que quieren entornillarse en el cargo, todos estan con cédula viva, la gran mayoria tienen cargos de 40Hrs. con la LRM estan en III nivel ganando 2591.60 nuy aparte del plus por el cargo gerarquico. que mas quieren cuando se jubilen sacan el sueldo completo de por vida, y son los que nunca se capacitan, los que por la edad ya no tienen paciencia con los estudiantes, estan cansados, tomando el sol todo el día
    y si son directores, son generalmente los que tienen proceso por coimer

  1. Carlos martín campos atun

    La jubilación de los maestros debería ser a los 55 AÑOS y no esperar tanto porque hasta los 65 años se cump`le hasta 35 ó 40 años de servicio y sólo reconocen como máximo 30 años el resto hay que trabajar por nada.Y los maestros deben tener diognidad e irse por la puerta grande antes de que les voten como está ocurriendo ¿donde está la dignidad de estos maestros que quieren atornillares al cargo? imagínense 70 años y enseñando a1er grado de primaria..ya no hay energías pues. váyanse tranquilos.

  1. Carlos martín campos atun

    En la UGEL 03 de Lima en el CEBA "Rosa de Santa María" existe PROFESORA FANTASMA, hace más de 15 años no asiste diciendo que está destacada a la beneficiencia de Huacho, el destaque es para cumplir los mismos actos, como docente qué hace en la beneficiencia de Huacho? ¿la Beneficiencia es un colegio donde dicta CCSS? esperemos que las autoridades investiguen y tome acción, BASTA DE CORRUPCIÓN aprista.

  1. Carlin Alegria

    Ne parece muy acertada esta frenada de burro a los genios del MINEDU, que no contemplaron quwe la lwy no retroactiva, pero tambien es justo que los colegas que ya siente canasados en aula pueden ser sesado pero con sus respectiva CTS y demas derechos.

  1. Valeria

    Nuestro país acepta todo. Pero a la primera que deben enjuiciar es a la MINISTRA DE EDUCACION , LA SRA. Está nadando en un terreno que no le compete.
    La edad para cesar, debe ser igual para todos.Esta no debe pasar de los 55 años.
    Los congresistas mayores de 55 a su casa a planchar pantalones.
    Si no hay para pagar a los pobres maestros su pensión. quieten le el sueldo a los expresidentes. Ya que ellos 5 años de gobierno se lleven una pensión como si fueran presidentes para toda la vida.

  1. carlos martin campos atun

    Publiquen la medida cautelar Y/o l resolución que le han dado a los maestros sobre su reposición.

  1. Pitter Salas

    Debemos reconocer que también hay un gran número de docentes que satisfechos estan procediendo a iniciar su tiempo de disfrutar de su retiro del magisteri activo, pues ya estan cansados de bregar en las aulas y lo más importante para ellos es que se les agilice el pago de sus pensiones de jubilación. Mi saludo a mis 8 colegas que ya iniciaron su tiempo de dedicarse más a su familia, salud y viaje por nuestro país.

  1. JUAN LUIS

    No miremos solamente el árbol sino también el bosque. Quién creo la ley para jubilarnos primero a los 70, luego a los 65. No ha sido el dictador de Fujimor y su cúpula de * s. No nos olvidemos eso. Por eso me admira que muchos maestros y trabajadores públicos son seguidores de esta cúpula de delincuentes.

  1. alberto r. Yáñez

    Se dan cuenta como la ignorancia puede llegar a aplicarse la ley en forma RETROACTIVA; lo que deben de hacer es proceder a enjuiciar en forma personal a aquellos que ésten involucrados en haber tramitados o puesto en marcha esta absurda resolución.
    Soy Ingeniero y no necesito ser abogado para saber la Constitución. ni interpretarla. Estoy con los profesores y juicio a los tramitadores, si quieren dejar un país mejor a.

  1. LUIS

    YO CREO QUE LOS DOCENTES NO DEBEMOS ESPERAR TENER 65 AÑOS PARA DEJAR LAS AULAS, ES INJUSTO QUE LOS MILITARES SE RETIREN POR AÑOS DE SERVICIO (A PARTIR DE LOS 5O AÑOS) Y NOSOTROS ESPERAR ESTAR A LAS JUSTAS A LOS 65 AÑOS PARA RECIEN PODER JUBILARNOS.

  1. JOSÉ ANGEL YUPANQUI PARED

    SOLO EN EL PERÚ PUEDE OCURRIR , UN DOCENTE ES NOMBRADO CON UNA LEY (UNAS REGLAS DE JUEGO) Y LUEGO SE LE DICE: ¡NO¡, TÚ TRABAJARÁS BAJO OTRA LEY (OTRAS REGLAS DE JUEGO), .......

  1. César Facundo Chaparro To

    Sí en el Derecho Laboral no se aplica la RETROACTIVIDAD de la Ley, sin embargo esos señores que laboran en el Ministerio de Educación, aplican la Ley 29944 incoherentemente, como si fueran ellos los dueños y amos del Perú, o como se fuera su hacienda o chacra privada, sin respetar al Art. 1º, a los incisos 2 y 22 del Art. 2º, el Art. 22º, 23º y 26º relacionados al aspecto laboral y a los derechos reconocidos que son irrenunciables y se deben aplicar en igualdad de oportunidades; de

  1. elisban

    Este es un antecedente para que se modifique la Ley de de Reforma Magisterial en algunos arti * s, con este fallo se vendria abajo el concurso de Directores en donde las plazas estan ocupados por concurso. de acuerdo a ley de RM al incorporarse adquieren derecho a estabilidad laboral en la plaza y cargo, para ser removido en el cargo debe ser evaluado para su ratificacion. En este caso se vendria acciones de amparo.

  1. elisban

    Ninguna Ley en aspecto laboral es retroactiva de acuerdo a la Constitucion, solo debe ser aplicable a los docentes que ingresan a partir de la promulgacion de la LRM, es inconstitucional el cese forzado a los 65 años de edad, degradacion de nivel de carrera alcanzado, desconocimiento de la deuda de 30% de Bonificacion por preparacion de Clases. El tribunal Constitucional ya debio pronunciarse sobre estos Aspecto despues de haber admitido la demanda.

~ William Ward ~
"El profesor mediocre dice. El buen profesor explica. El profesor superior demuestra. El gran profesor inspira".
EDUCACIONENRED.PE